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La Ley Beckham (artículo 93 de la LIRPF) permite a quienes se trasladan a España y cumplen los requisitos tributar a un tipo fijo del 24% sobre los rendimientos del trabajo de fuente española, en lugar de las tarifas progresivas que llegan hasta el 47%. Se aplica durante 6 ejercicios fiscales, puede ahorrar decenas de miles de euros al año y, desde la Ley 28/2022 (Ley de Startups), cubre también a teletrabajadores, emprendedores y titulares del Visado de Nómada Digital.
¿Qué es la Ley Beckham? (artículo 93 de la LIRPF)
La Ley Beckham —formalmente el Régimen Especial de Trabajadores Desplazados (impatriados)— está recogida en el artículo 93 de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (LIRPF). Se introdujo en 2005 para atraer talento internacional ofreciendo un tipo impositivo mucho más bajo a las personas que se trasladan a España.
Bajo este régimen, quienes cumplen los requisitos tributan como contribuyentes no residentes (IRNR) a efectos del impuesto sobre la renta mientras residen físicamente en España. Esto significa que pagan un tipo fijo sobre la renta de fuente española y, por lo general, quedan exentos de declarar y tributar por la mayoría de las rentas de fuente extranjera, una estructura singular en el derecho tributario europeo.
El régimen se reformó y amplió de forma significativa con la Ley 28/2022 (Ley de Fomento del Ecosistema de las Empresas Emergentes, conocida como Ley de Startups), que entró en vigor el 1 de enero de 2023. Esta reforma amplió el acceso —antes centrado en empleados de empresas— para incluir a teletrabajadores, emprendedores, profesionales de startups y sus familiares.
¿Quién puede acogerse a la Ley Beckham en 2026?
Para cumplir los requisitos debes reunir todas las condiciones siguientes:
- No haber sido residente fiscal en España durante los cinco períodos impositivos inmediatamente anteriores a tu traslado a España.
- Que tu traslado responda a una de las cinco categorías que dan derecho al régimen (ver más abajo).
- No obtener rentas a través de un establecimiento permanente situado en España (con una excepción para emprendedores y profesionales de startups).
Las 5 categorías que dan acceso (según la Ley 28/2022)
Desde la reforma de la Ley de Startups, pueden solicitarlo las siguientes categorías de personas:
| Categoría | Descripción |
|---|---|
| 1. Contrato de trabajo | Trabajadores que se trasladan a España con un contrato de una empresa española, o desplazados a España por un empleador extranjero. |
| 2. Administradores de sociedades | Administradores o miembros del consejo de una sociedad española, siempre que posean menos del 25% del capital social. |
| 3. Emprendedores | Personas que desarrollan una actividad emprendedora en España (innovadora o de especial interés económico). |
| 4. Profesionales de startups | Profesionales altamente cualificados que prestan servicios a empresas emergentes (o que realizan formación, investigación o desarrollo). |
| 5. Teletrabajadores / VND | Personas que trabajan en remoto para un empleador o empresa extranjera, incluidos los titulares del Visado de Nómada Digital. |
La reforma de 2022 amplió también el acceso a los familiares: el cónyuge y los hijos menores de 25 años (o de cualquier edad si tienen discapacidad) pueden acogerse al régimen de forma independiente, siempre que se trasladen a España dentro del primer año desde tu mudanza y cumplan sus propios requisitos.
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Reservar una llamadaTipos de la Ley Beckham frente al IRPF general
La principal ventaja de la Ley Beckham es un tipo impositivo mucho más bajo y simple sobre los rendimientos del trabajo:
| Tramo de renta | Tipo Ley Beckham | Tipo IRPF general |
|---|---|---|
| Hasta 12.450 € | 24% | 19% |
| 12.451 – 20.200 € | 24% | 24% |
| 20.201 – 35.200 € | 24% | 30% |
| 35.201 – 60.000 € | 24% | 37% |
| 60.001 – 300.000 € | 24% | 45% |
| 300.001 – 600.000 € | 24% | 47% |
| Más de 600.000 € | 47% | 47% |
Punto clave: el tipo fijo del 24% de la Ley Beckham se aplica a los rendimientos del trabajo y de actividades profesionales hasta 600.000 €. Por encima de ese umbral, el tipo sube al 47%, igualando el tipo máximo general. Para la gran mayoría de profesionales expatriados, el tipo fijo del 24% se aplica a la totalidad de su salario.
¿Qué rentas están cubiertas (y cuáles exentas)?
Con la Ley Beckham tributas según las reglas del IRNR (impuesto sobre la renta de no residentes) a pesar de residir físicamente en España. Esto genera un tratamiento singular de las rentas:
| Tipo de renta | Tratamiento fiscal |
|---|---|
| Rendimientos del trabajo/profesionales de fuente española | Tributan al 24% (fijo) hasta 600.000 € |
| Dividendos de fuente extranjera | Exentos |
| Rentas de alquiler de fuente extranjera | Exentas |
| Ganancias patrimoniales de fuente extranjera | Exentas |
| Rentas del ahorro de fuente española (dividendos, intereses) | 19%–28% (tipos del ahorro generales) |
| Ganancias patrimoniales de fuente española (inmuebles, acciones) | 19%–28% (tipos del ahorro generales) |
Contrapartidas importantes: con la Ley Beckham no puedes aplicar deducciones personales, mínimos familiares ni los beneficios de los convenios para evitar la doble imposición. Además, sigues estando sujeto al Impuesto sobre el Patrimonio (un aspecto que muchos solicitantes pasan por alto). Es esencial planificar con cuidado para determinar si la ventaja del tipo fijo compensa la pérdida de esas deducciones.
Calculadora interactiva de ahorro fiscal
Introduce tu salario bruto anual previsto para ver cuánto podrías ahorrar con la Ley Beckham frente a los tipos generales del IRPF español:
Nota: esta calculadora ofrece una estimación con fines ilustrativos. La cuota tributaria real depende de tus circunstancias personales, las deducciones aplicables y los recargos autonómicos. Consulta a un asesor fiscal cualificado para cálculos personalizados.
Cómo solicitar la Ley Beckham, paso a paso
El proceso de solicitud debe completarse en un plazo de 6 meses desde tu alta en la Seguridad Social española (o desde el inicio de la actividad en España). Dejar pasar este plazo supone perder por completo el derecho a solicitarla: no hay prórrogas.
- Obtén tu NIE (Número de Identidad de Extranjero), imprescindible para cualquier trámite fiscal.
- Date de alta en la Seguridad Social española durante el primer mes de tu empleo o actividad por cuenta propia.
- Presenta el Modelo 149 ante la Agencia Tributaria: es la opción formal por el régimen especial. Necesitarás:
- Pasaporte y NIE
- Certificado de alta en la Seguridad Social
- Contrato de trabajo o carta de desplazamiento (o prueba de la actividad que da derecho al régimen)
- Certificado de no residencia de los 5 períodos impositivos anteriores
- Recibe tu certificado de inclusión: la Agencia Tributaria emitirá la confirmación de que estás acogido al artículo 93.
- Presenta las declaraciones anuales con el Modelo 151 en lugar del Modelo 100 habitual durante toda la vigencia del régimen.
Plazos: desde la fecha de tu alta en la Seguridad Social dispones de exactamente 6 meses naturales para presentar el Modelo 149. Recomendamos encarecidamente iniciar el trámite en los 2 primeros meses para tener margen para reunir la documentación y responder a posibles requerimientos de la Administración tributaria.
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Escríbenos por WhatsAppDuración y reglas de renovación
La Ley Beckham se aplica durante el ejercicio fiscal en el que adquieres la residencia fiscal en España más los 5 ejercicios fiscales siguientes, un total de 6 ejercicios fiscales. Transcurrido ese período:
- Pasas automáticamente a las tarifas progresivas generales del IRPF (19%–47%).
- No puedes volver a solicitar el régimen especial durante al menos 5 ejercicios fiscales después de su finalización.
- A partir del primer año tras la expiración del régimen deberás declarar con el Modelo 100 (la declaración del IRPF habitual).
- La planificación de la salida debería empezar en el año 4 o 5 para preparar el cambio de tipo impositivo.
Puedes renunciar voluntariamente al régimen antes de que se cumplan los 6 años (mediante el Modelo 149), pero es irreversible: no podrás volver a acogerte hasta que haya transcurrido el período de carencia de 5 años.
Ley Beckham + Visado de Nómada Digital: una combinación potente
Desde la Ley 28/2022, los titulares del Visado de Nómada Digital (VND) de España pueden solicitar la Ley Beckham. Esto crea uno de los marcos de trabajo en remoto más eficientes fiscalmente de Europa:
- El VND otorga residencia legal para trabajar en remoto para empleadores extranjeros o para tu propia empresa extranjera.
- La Ley Beckham aporta el marco fiscal: tipo fijo del 24% sobre los rendimientos profesionales de fuente española.
- Las rentas de fuente extranjera quedan en gran parte exentas bajo las reglas del IRNR (dividendos, alquileres, ganancias patrimoniales del extranjero).
- Secuencia de solicitud: obtén primero el VND y luego solicita la Ley Beckham en los 6 meses siguientes a convertirte en residente fiscal en España.
Ley Beckham para administradores de sociedades
Los administradores de sociedades pueden beneficiarse de la Ley Beckham, pero existe un umbral de participación crítico: debes poseer menos del 25% del capital social. Esta regla se aplica a:
- La titularidad directa de las participaciones o acciones.
- La titularidad indirecta a través de entidades vinculadas o familiares (cónyuge, ascendientes, descendientes).
Si te trasladas a España para ser administrador o miembro del consejo de una sociedad española (o de la filial española de una empresa extranjera), la Ley Beckham puede reducir notablemente tu carga fiscal personal. Ahora bien, la regla del 25% debe estructurarse con cuidado antes del traslado: superar el umbral, aunque sea de forma temporal, puede invalidar tu solicitud.
Los administradores que perciben a la vez un salario y retribuciones por su cargo deben tener en cuenta que ambos se clasifican normalmente como rendimientos del trabajo bajo el régimen y tributan al tipo fijo del 24%.
Errores frecuentes que pueden costarte la Ley Beckham
Errores que vemos con frecuencia
- No respetar el plazo de 6 meses para solicitar: es el error más común y más costoso. El plazo corre desde la fecha de alta en la Seguridad Social y se aplica de forma estricta, sin prórrogas ni excepciones.
- Exposición al Impuesto sobre el Patrimonio: los beneficiarios de la Ley Beckham siguen sujetos al Impuesto sobre el Patrimonio. Muchos solicitantes se sorprenden por ello, sobre todo quienes tienen patrimonios inmobiliarios o inversiones significativas en el extranjero.
- Modelo 720 (declaración de bienes en el extranjero): debes declarar los bienes en el extranjero que superen los 50.000 € por categoría. No presentarlo conlleva sanciones severas, y la obligación se aplica con independencia de tu situación bajo la Ley Beckham.
- Dar por supuesto que toda la renta está exenta: solo la renta de fuente extranjera distinta del trabajo está exenta. Las rentas del ahorro de fuente española siguen tributando, y cualquier rendimiento del trabajo de fuente española queda sujeto al tipo fijo.
- Superar el umbral del 25% de participación: para los administradores, rebasar este límite (aunque sea de forma breve o indirecta) puede invalidar toda la solicitud.
- No planificar la salida: tras 6 años pasas a las tarifas progresivas (hasta el 47%). Sin planificación previa, la transición puede ser brusca a nivel financiero.
- Ignorar las variaciones autonómicas: las bonificaciones y recargos del Impuesto sobre el Patrimonio varían entre Comunidades Autónomas. Andalucía, por ejemplo, ofrece actualmente una bonificación del 100% en el Impuesto sobre el Patrimonio.
Sentencia destacada de 2025: deducción de gastos de alquiler bajo la Ley Beckham
En una sentencia relevante de 2025, los tribunales españoles confirmaron que los beneficiarios de la Ley Beckham pueden deducir determinados gastos de alquiler relacionados con su traslado. Antes era una zona gris de la normativa, y la resolución aporta una bienvenida claridad para los expatriados que alquilan vivienda en España.
Para un análisis completo de esta sentencia y de lo que supone para tu planificación fiscal, consulta nuestro artículo detallado (en inglés): Beckham Law Rental Expense Deduction: 2025 Ruling Explained →
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Reservar una llamadaPreguntas frecuentes
¿Qué es la Ley Beckham en España?
La Ley Beckham (artículo 93 de la LIRPF) es un régimen fiscal especial que permite a quienes se trasladan a España y cumplen los requisitos tributar a un tipo fijo del 24% sobre los rendimientos del trabajo de fuente española durante hasta 6 ejercicios fiscales, en lugar de las tarifas progresivas que llegan al 47%.
¿Cuál es el tipo impositivo de la Ley Beckham?
El tipo fijo es del 24% sobre los rendimientos del trabajo y profesionales hasta 600.000 €. La renta superior a 600.000 € tributa al 47%. Las rentas del ahorro de fuente española (dividendos, intereses, ganancias patrimoniales) tributan a los tipos generales del 19%–28%.
¿Cuánto dura la Ley Beckham?
El régimen se aplica durante el ejercicio fiscal en el que adquieres la residencia fiscal en España más los 5 ejercicios siguientes, un total de 6 ejercicios fiscales. Tras su expiración vuelves a las tarifas progresivas generales y no puedes volver a solicitarlo durante al menos 5 años.
¿Pueden acogerse los titulares del Visado de Nómada Digital?
Sí. Desde la Ley 28/2022 (Ley de Startups), los teletrabajadores —incluidos los titulares del Visado de Nómada Digital— pueden hacerlo, siempre que cumplan el resto de requisitos, incluida la no residencia fiscal en los 5 años anteriores.
¿Cuál es el plazo para solicitarla?
Debes presentar el Modelo 149 ante la Agencia Tributaria en los 6 meses siguientes a la fecha de tu alta en la Seguridad Social. Este plazo se aplica de forma estricta, sin prórrogas ni excepciones.
¿Puede mi cónyuge acogerse también?
Sí. Con la reforma, tu cónyuge y tus hijos menores de 25 años (o de cualquier edad si tienen discapacidad) pueden acogerse de forma independiente, siempre que se trasladen dentro del plazo exigido y cumplan sus propios requisitos.
¿Afecta la Ley Beckham a mi pensión o a la Seguridad Social?
No. Las cotizaciones a la Seguridad Social no varían. No obstante, planifica el tratamiento fiscal de las rentas de pensión una vez finalizado el período de 6 años.
¿Tengo que pagar el Impuesto sobre el Patrimonio?
Sí. Los beneficiarios de la Ley Beckham siguen sujetos al Impuesto sobre el Patrimonio. Se aplican variaciones autonómicas: Andalucía ofrece actualmente una bonificación del 100% para sus residentes.
¿Puedo tener una sociedad española?
Puedes ser administrador, pero debes poseer menos del 25% del capital social, incluida la titularidad directa e indirecta a través de entidades vinculadas o familiares.
¿Qué ocurre si no respeto el plazo de 6 meses?
Pierdes de forma permanente el derecho a solicitarla en ese traslado. La Agencia Tributaria lo aplica con rigor. Tendrías que salir de España, pasar 5 ejercicios fiscales como no residente y volver a trasladarte para poder optar de nuevo.
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Aviso legal: El contenido de esta página se ofrece únicamente con fines informativos y educativos de carácter general. No constituye asesoramiento legal ni fiscal ni debe considerarse como tal. La normativa tributaria española está sujeta a cambios y cada caso requiere una valoración individualizada. No debe adoptarse ninguna decisión basándose exclusivamente en este contenido sin recabar antes asesoramiento profesional independiente. CostaLuz Lawyers no asume responsabilidad alguna por las acciones que se adopten o se dejen de adoptar sobre la base de este contenido.
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Este contenido ha sido elaborado con la ayuda de inteligencia artificial y revisado por María Luisa de Castro, abogada especialista en Derecho Inmobiliario y fundadora de CostaLuz Lawyers.
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